miércoles, 7 de noviembre de 2007

A propósito del Foro sobre la Reforma "In" Constitucional.

Luego de 3 dias de foro, me parece oportuno compartir con todos ustedes, los de adentro y los de afuera, este documento, el mismo daba las bases en cuanto a la ETICA y normas de conducta y debia ser firmado año tras año, en señal de aceptación y conocimiento.

CODIGO DE ETICA. HR - 011. REV 01 - 14/09/00. PAG 6

Contribuciones Políticas o Religiosas.

Los empleados no deben hacer contribuciones o prestar fondos, facilitar propiedad o servicios de la Compañía, a ningún partido o comité político extranjero o doméstico, ni a ningún candidato u ocupante de algún cargo gubernamental, ya sea nacional o estatal, local o extranjero.

Así mismo, la colocación de anuncios políticos o el uso de ropas relacionadas
con situaciones políticas dentro de las facilidades de la empresa, está prohibido.

Ningún tipo de presión directa o indirecta debe ser ejercida en contra del empleado o sus familiares para realizar contribuciones políticas o religiosas en apoyo a partidos y candidaturas políticas o religiosas.



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